CON MASCOTAS

Desde el 11 de enero de 2014, el acceso de animales de compañía está sujeto a la Ordenanza Municipal sobre la Protección, la Tenencia Responsable y Venta de Animales. En el artículo 20 se contemplan las siguientes medidas:

El acceso de los animales está condicionado a su óptimo estado higiénico-sanitario y a la ausencia de molestias para los usuarios del servicio.

En el Tranvía se podrán transportar animales de compañía en todos los vagones, siempre y cuando el volumen permita su traslado en el interior de transportines o similar.

En el último vagón pueden subir animales de compañía de menos de 10 kilogramos, en brazos con bozal o elemento que desempeñe la misma función. En el último vagón también pueden subir animales de compañía de más de 10 kilogramos, en este caso sólo uno y con bozal o elemento que desempeñe la misma función. En el caso de que sean del mismo propietario, podrán subir dos, con bozal y correa.

Consulta aquí la Ordenanza completa.